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El escoger una adecuada estructura legal para desarrollar negocios en México, puede representar el éxito o fracaso de cualquier proyecto de inversión. El presente trabajo tendrá por objeto pues, familiarizar al comerciante e inversionista con los supuestos que deberán cumplirse para formar una sociedad de capital en México. Nuestra Ley General de Sociedades Mercantiles requiere un mínimo de dos personas para formar cualquier tipo de sociedad. Cada una de ellas deberá suscribir una acción por lo menos y dichas personas deben comparecer ante Notario Público para constituir tal sociedad, firmando la escritura en el protocolo del Notario Público. Si no puede estar en México para realizar tal constitución de la sociedad, otras posibles opciones pueden ser utilizadas. Para la incorporación de dicha sociedad también se requiere el nombramiento de un Administrador Unico o en su caso la integración de un Consejo de Administración, que deberá quedar satisfecho este último de por lo menos tres personas (Presidente, Secretario y Tesorero) así como la presencia de un Comisario, para lo que deberán proporcionar nombres completos, seguro social o número de pasaporte, estado civil, lugar de residencia y ocupación. Los socios fundadores pueden ocupar cada uno de ellos alguna de estas posiciones. Se deberá decidir también acerca de cual de los miembros del Consejo de Administración será el representante legal de dicha sociedad (que normalmente lo es cuando menos el Presidente). Tal representación legal será otorgada con un Poder para actuar en nombre y representación de la sociedad. Dicho poder podrá ser limitado a ciertos actos o cantidades relativos a la sociedad (puede ser otorgado uno que requiera la acción conjunta de dos representantes para algunas acciones o transacciones de mas de cierta cantidad). Un nombre deberá ser proporcionado. Tal nombre deberá ser en español; y no deberá ser similar al de alguna sociedad existente (deberá realizarse una búsqueda en el registro correspondiente del nombre para verificar que no existe ninguno similar registrado). El nombre podrá ser una palabra sin significado en algún idioma. Finalmente, se deberá determinar el capital de la sociedad (por lo que recomendamos señalar la cantidad mínima equivalente a cincuenta mil pesos); así mismo se deberán señalar el número de acciones (toda vez que las acciones individuales no pueden ser divididas, deberán ser un número de acciones que pueda ser ajustable a cualquier transferencia o distribución de las mismas en un posible futuro: normalmente usamos 100 acciones, pudiendo ser hasta mil o más). Todos los nombramientos y características pueden ser sustituidas en cualquier momento mediante una asamblea de accionistas, en tal evento será quizá necesario modificar las cláusulas de acuerdo con las necesidades o requerimientos de la sociedad. Los anteriores son solo algunos de los requerimientos para constituir una sociedad en México, existen algunos más que son relacionados con los inversionistas, socios o miembros del Consejo de Administración y que son necesarios para la constitución de dicha sociedad, como son diferentes tipos de permisos, autorizaciones y registros ante diferentes dependencias Municipales o de Gobierno. Para cualquier pregunta o si necesita mayor información contactenos. |
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