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EXTENSION DEL PROGRAMA DE REGULARIZACION MIGRATORIA 2001

Por Romelio Hernández

 

El pasado 31 de agosto del 2001, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación una nueva Circular por virtud de la cual se modifica el Programa de Regularización Migratoria 2001 dado a conocer por el Instituto Nacional de Migración el pasado 2 de marzo mediante igual publicación en el Diario Oficial. La nueva Circular tiene por objeto único extender el plazo hasta el 31 de octubre del 2001, para regularizar la situación —al amparo del programa— de aquellos extranjeros que habitan en el país, y que no cuentan con documento migratorio vigente.

 

Para quienes desconocemos estas nuevas medidas y reglamentos, el Programa de Regularización Migratoria (PRM), pretende —en términos generales— beneficiar a todo aquel extranjero que se haya internado al país antes del 1º de enero del 2000, y que no teniendo documentación migratoria vigente, se encuentre dentro de los siguientes supuestos:

Que tenga oportunidad de trabajo o esté en posibilidad de desarrollar una actividad lícita y honesta; y

Que acredite tener vínculo familiar con mexicanos o con extranjeros legalmente establecidos en México.

 

Debe tenerse en cuenta asimismo, que no resultan beneficiados al amparo del presente programa las personas que se encuentren dentro de los siguientes supuestos:

 

Se hayan internado con posterioridad al 1º de enero del 2001;

Se encuentren sujetos a proceso penal;

Tengan restricciones para su internación al país, con motivo de una resolución migratoria firme;

Se consideren lesivos para los intereses económicos nacionales;

Hayan infringido las leyes nacionales o tengan malos antecedentes en el extranjero; y

No se encuentren física o mentalmente sanos a juicio de la autoridad sanitaria.

En cualquiera de los casos, recomendamos asesorarse debidamente incluso a través de las diversas Delegaciones Regionales del propio Instituto Nacional de Migración, a efecto de plantear una solicitud realmente efectiva, que busque obtener la calidad de No Inmigrante propicia para el extranjera y que por consecuencia le represente mayor seguridad jurídica y estabilidad en el país.

 

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